Sobreendeudado: cómo la Ley 20.720 te permite renegociar (o partir de cero)
Cuando el sueldo ya no cubre ni los mínimos de las tarjetas, seguir “bicicleteando” deudas solo agranda el hoyo. La ley chilena tiene procedimientos formales para renegociar o liquidar deudas de personas — ordenados, con protección legal y sin esconderse de nadie.
Qué es el procedimiento de renegociación
La Ley 20.720 creó un procedimiento administrativo y gratuito ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) para que una persona natural renegocie todas sus deudas en una sola mesa: bancos, casas comerciales, cajas, automotoras — todos juntos, con reglas parejas.
Admitida la solicitud, se produce la protección financiera concursal: se suspenden los juicios de cobro y embargos mientras dura la negociación. Solo eso ya cambia la vida de quien está siendo demandado por tres lados a la vez.
Requisitos para renegociar
En términos generales, puedes solicitar la renegociación si:
- Eres persona natural (los deudores de giro comercial tienen procedimientos propios).
- Tienes dos o más obligaciones vencidas por más de 90 días, que superen el umbral legal (del orden de 80 UF en total).
- No has sido notificado de una demanda ejecutiva de cobro (si ya te demandaron, el camino cambia — pero sigue habiendo opciones).
En la audiencia de renegociación se acuerdan quitas, plazos y tasas con los acreedores, con la Superir como árbitro técnico. Si no hay acuerdo, se puede pasar a una ejecución ordenada de bienes con reglas conocidas.
Cuando renegociar no alcanza: la liquidación voluntaria
Si las deudas superan cualquier capacidad real de pago, existe la liquidación voluntaria (la ex “quiebra personal”): se liquidan los bienes embargables que tengas — muchas veces pocos o ninguno — y, terminado el procedimiento, los saldos insolutos se extinguen. Es la herramienta de “partir de cero” del sistema chileno, con costos y efectos que conviene entender bien antes de usarla.
Tres mitos que escuchamos todas las semanas
- “Voy a quedar preso por deudas.” En Chile no hay prisión por deudas civiles (la excepción relevante son las pensiones de alimentos).
- “Me van a quitar todo, hasta la casa.” Hay bienes inembargables, y en renegociación el objetivo es justamente un acuerdo de pago, no rematar tu vida.
- “Es mejor esconderse y no contestar.” Es lo peor: los juicios avanzan igual, con costas e intereses. Los procedimientos concursales existen para enfrentar el problema con protección legal.
Preguntas frecuentes
¿La renegociación de la Ley 20.720 tiene costo?
El procedimiento ante la Superir es gratuito. Si contratas asesoría legal para preparar la solicitud y negociar mejor, eso son honorarios del abogado — que en Lex Central se informan antes de partir.
¿Qué pasa con mi DICOM después?
El procedimiento y los acuerdos quedan registrados, y tu historial comercial tarda en recomponerse. Pero mantenerse en mora perpetua es peor: la renegociación al menos pone fecha de término al problema.
¿Puedo renegociar si ya me demandaron?
La renegociación exige no estar notificado de demanda ejecutiva. Si ya te demandaron, quedan la defensa judicial (plazos, prescripción, negociación con ese acreedor) o la liquidación. Mientras antes actúes, más puertas abiertas.
¿Pierdo mi sueldo en una liquidación?
Las remuneraciones son inembargables hasta el límite legal. La liquidación alcanza los bienes embargables presentes; tu sueldo futuro, dentro de los límites, sigue siendo tuyo.
¿Esto sirve para deudas de mi negocio o empresa?
Las empresas y personas con giro comercial tienen sus propios procedimientos de reorganización y liquidación en la misma ley. Si tu caso mezcla deudas personales y del negocio, hay que mirar el conjunto — escríbenos y lo ordenamos.
Esta guía es información general y no reemplaza la asesoría legal de tu caso concreto. Valores y plazos referenciales a la fecha de publicación. Más sobre esta materia en Derecho Empresarial.
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